Sunat publicó la ampliación del plazo para contribuyentes que están obligados a emitir comprobantes de electrónicos este 2021. La fecha más próxima es enero del 2021. Por lo que debe tomar todas las precauciones para no incumplir con esta disposición de SUNAT y encontrar una solución que se adecue a su empresa.
Las fechas se establecen según los ingresos anuales obtenidos hasta el 31 de diciembre del 2019.
Ingresos iguales o mayores a 312 000 soles* (75 UIT)
- Aquellos contribuyentes (personas naturales o jurídicas) con ingresos iguales o mayores a 26 000 soles mensuales (312 000 soles al año), que entreguen facturas físicas o boletas de venta, deberán convertirse en emisores electrónicos y entregar facturas electrónicas y boletas electrónicas desde el 1 de enero del 2021.
Ingresos iguales o mayores a 96 600 soles* (23 UIT)
- Aquellos contribuyentes (personas naturales o jurídicas) con ingresos iguales o mayores 8 000 soles mensuales, que entreguen facturas físicas, deberán convertirse en emisores electrónicos y entregar facturas electrónicas desde el 01 de enero del 2021. Para el caso de aquellos contribuyentes que tengan ingresos similares pero solo entreguen boletas de venta deberán hacerlo desde el 1 de julio del 2021.
Ingresos menores a 96 600 soles* (23 UIT)
- Aquellos contribuyentes (personas naturales o jurídicas) con ingresos menores a 8000 mensuales , que entreguen facturas físicas, deberán convertirse en emisores electrónicos y entregar facturas electrónicas desde el 01 de julio del 2021. Para el caso de aquellos contribuyentes que tengan ingresos similares pero solo entreguen boletas de venta deberán hacerlo desde el 1 de enero del 2022.
*1UIT = 4300 soles
De esta forma, para enero del 2022, el 100% de empresas peruanas (contribuyentes) deberá ser emisor electrónico.
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*Los montos mencionados se calcularon considerando el valor del una UIT en el 2019, es decir, 4200 soles.
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